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Compraventa de Empresas con Clasificación

Preguntas frecuentes

La clasificación no se puede adquirir de manera independiente de la empresa a la que pertenece. Para comprar una clasificación hay que adquirir la empresa que la posee.

Inmediatamente. La empresa no pierde la capacidad de licitar en ningún momento.

Si, pero hay que tener en cuenta que todos los medios (materiales, técnicos, personales…) con los que se obtuvo la clasificación deben permanecer o traspasarse a la empresa resultante.

Si es posible. La clasificación resultante será consecuencia de la suma de los medios y experiencia de ambas empresas.

No necesariamente. Pero si hay que dotar a la empresa de dichos medios para el mantenimiento de la clasificación.

Gesycal ha asesorado a empresas nacionales e internacionales en la adquisición y venta de empresas con clasificación. Permanentemente disponemos de una cartera de empresas para vender, así como interesados en adquirir alguna determinada clasificación.

Al ser expertos en la gestión de la Clasificación de Contratistas, asesoramos a nuestros clientes sobre la situación de la clasificación que les interese adquirir, como por ejemplo si es susceptible de una revisión de oficio, cuando tiene que renovar, que necesitaría en su caso hacer, para en esa renovación, mantener las clasificaciones adquiridas (adquirir maquinaria, contratar personal….)

Efectivamente, en este caso, es obligatorio que las empresas que formen la UTE estén clasificadas. Igual ocurre en aplicación del art. 75 de la L.C.S.P., para licitar con la solvencia de otra empresa, la que recibe la cesión de la solvencia, también debe estar clasificada.

Para estos casos normalmente disponemos en cartera empresas con clasificaciones mínimas y con un coste muy razonable, para cubrir este requisito con bastante rapidez.

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