Según la Directiva Europea de Productos para la Construcción, todos los productos fabricados para ser incorporados de forma permanente en obras de construcción, tanto edificación como obra civil, en todo el mercado interior de la Unión Europea, deben estar en posesión, de su marcado CE de acuerdo a las normas europeas como son la EN 1090-1, EN 1090-2 y EN 1090-3.
De acuerdo a estas normas, desde el 1 de julio de 2014, es obligatorio y exigible el marcado CE, para todas aquellas empresas dedicadas a la fabricación de estructuras metálicas.
Dada la importancia de la obligatoriedad para las empresas de este sector, FEDEME, junto a dos de sus empresas colaboradoras, organizó una jornada informativa el pasado 17 de junio, donde se abordó este asunto en profundidad y se asesoró a los asistentes acerca de los diferentes elementos que deberán afrontar en su organización.
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